Funcionarios: dos sentencias avalan que se reconozca el desempeño en puestos de especial dificultad en el CGT


09 Feb, 2021

ANPE Canarias lleva años reivindicando ante la Consejería de Educación el reconocimiento del desempeño de la labor docente en puestos catalogados como de especial dificultad para los funcionarios de carrera a efectos de antigüedad en el apartado 1.1.3 de los distintos Concursos de Traslados (tanto autonómico como estatal), al margen de que sea un puesto de trabajo distinto desde el que se concursa.

Dos recientes sentencias del Tribunal Supremo avalan nuestra justa reivindicación. En ellas se insta a las administraciones educativas a modificar la interpretación de la valoración del apartado 1.1.3. del baremo del Concurso General de Traslados, recogido en el anexo 1 del RD 1364/2010.

Ambas sentencias determinan que se deben valorar con la correspondiente puntuación todos los años que un docente ha ocupado en algún puesto “de especial dificultad o difícil desempeño” (siempre que haya sido funcionario de carrera). Por tanto, ese tiempo debe ser baremado en el concurso de traslados de este año.

Los puestos de especial dificultad o difícil desempeño son, entre otros: 

  • Puestos docentes de enseñanza y aprendizaje integrado de otras lenguas (CLIL/AICLE)
  • Colectivos de Educación de Personas Adultas (CEPA)
  • Colectivos de Escuelas Rurales
  • Colectivos de Educación a Distancia (CEAD)
  • Puestos docentes en centros de menores
  • Puestos docentes en centros que atiendan a alumnado de alto rendimiento deportivo
  • Puestos docentes en centros hospitalarios y de día

Los centros de educación infantil y Primaria y centros de enseñanza obligatoria que, por sus características, son así considerados y que constan en la base de datos de la Consejería

En la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha, donde se originó el proceso, la Administración ya ha dictado una instrucción para proceder a la valoración de este subapartado 1.1.3 tal como lo interpreta el Tribunal Supremo.

Ambas sentencias sientan jurisprudencia, por lo que hemos entendido que el Ministerio de Educación y Formación Profesional debía dictar instrucciones a nivel estatal y así se lo hemos hecho saber. Sin embargo, para sorpresa de nuestra organización, la respuesta del Ministerio ha sido que no tiene intención de hacerlo y que cada comunidad autónoma debe baremar según los criterios que considere oportunos.

Esta afirmación, además de desconcertarnos e indignarnos, puesto que todos los docentes deben participar con los mismos derechos, nos ha hecho dirigirnos a la Consejería de Educación de Canarias para exponerles la necesidad de que publique instrucciones en este sentido y se asegure de que los docentes participan con todas las garantías. 

Por ello, esta misma mañana hemos solicitado formalmente que se bareme a todos los participantes en el CGT con este nuevo criterio interpretativo.

Permitir esa laxitud de criterios no solo es una dejación de funciones, sino que supone una injusticia evidente para los participantes, puesto que no se vela por que los criterios sean homogéneos en todas las comunidades autónomas.

Por supuesto, desde nuestra organización presentaremos a nuestros afiliados todas las reclamaciones necesarias para que esta nueva discriminación se subsane y evitar que se produzcan agravios comparativos e inseguridad jurídica entre los participantes en el CGT.

Si necesitas ayuda y quieres presentar una reclamación cuando salga el baremo provisional de los participantes, contacta con nosotros para que te indiquemos cómo hacerlo.