Anteproyecto de la ley de Formación Profesional


08 Jul, 2021

En la mañana de hoy se ha reunido la Mesa de negociación del personal docente no universitario del Ministerio de Educación y FP para abordar el anteproyecto de la ley de FP. 

Desde ANPE valoramos positivamente el carácter de norma básica para garantizar la igualdad de derechos del alumnado y profesorado, así como la integración de toda la formación profesional, tanto la del sistema educativo como la formación ocupacional y continua que, tradicionalmente, era gestionada desde el Ministerio con competencias en trabajo y empleo. Fue, por tanto, un primer paso importante integrar dentro del Ministerio de Educación toda la formación profesional, y ahora estamos ante otro importante paso, que es establecer una Ley marco, de carácter básico, que interrelacione toda la formación profesional y que establezca los cauces de colaboración entre los distintos sectores productivos y el sistema educativo. Pero para ANPE, debe ser el sistema educativo sobre el que gire toda la programación educativa y formativa, con la participación y colaboración de las distintas empresas y organismos, es decir, que estas estén al servicio del sistema educativo y formativo y no al revés.

Sobre el anteproyecto de Ley presentado, desde ANPE plantemos lo siguiente:
-    Comenzando por el preámbulo, éste nos parece demasiado extenso y entendemos, desde ANPE, que sólo debería incluir los objetivos de la Ley y una breve descripción y una referencia al marco jurídico que pretende cambiar.
-    Nos parece confusa la terminología que se utiliza de Grado y creemos que sería más conveniente usar un término distinto que podría ser el de tramo o categoría, por poner un ejemplo.
-    Consideramos muy relevante y a destacar la importancia que se da a la orientación profesional pero también, como se ve a lo largo del articulado, a la orientación educativa. Por ello, planteamos desde ANPE que se establezca en la Ley que todos los centros en los que se impartan enseñanzas de Formación Profesional, incluidos los centros integrados, cuenten con la dotación suficiente de especialistas en FOL y en orientación educativa.
-    En lo que respecta al planteamiento de todos los ciclos formativos de FP como de carácter “dual” pero a dos velocidades, lo que se presenta como régimen dual general, en la práctica supone, para el alumnado, lo mismo que se venía haciendo ahora en las Formación en Centros de Trabajo (FCT) pero con algo más de carga horaria. Actualmente los ciclos formativos cuentan con una carga horaria de prácticas de 400 horas (20% de las 2000 horas de un ciclo) por las entre 500-700 horas que ahora se plantean (25%-35%). Esto supondrá una reducción horaria de los módulos de cada ciclo que habrá que ver como se lleva a cabo, entre otras dudas que genera esta extensión de la dualidad en todos los ciclos formativos.
-    Respecto a lo recogido en el artículo 50, sobre la autorización a empresas para impartir acciones formativas destinadas a facilitar a sus trabajadores la obtención de un título de FP, desde ANPE queremos preguntar quién va a impartir esa formación conducente a un título oficial, y como se va a articular para llevarla a cabo, pues se recoge que la evaluación se llevará a cabo por centros de formación profesional.
-    En cuanto a los tutores de las empresas y organismos (artículo 61), desde ANPE creemos que el conocer su opinión y valoración del alumnado durante su estancia en las empresas y organismos es importante, pero no se les puede atribuir competencias docentes como el evaluar o establecer resultados de aprendizaje. Además, en todos los casos, la responsabilidad de la evaluación queda, en parte, en manos de una figura no docente, que, a priori, no se le requieren los mismos requisitos de formación y conocimientos pedagógicos para impartir docencia que al profesorado de los centros educativos. Por otro lado, al establecer esta figura del tutor de empresa para todos los ciclos formativos dificultará su implantación en determinadas zonas geográficas, al igual que los relacionados con familias profesionales de tejidos productivos concretos donde será muy complicado encontrar tutores de empresa u organismo.
-    En el anteproyecto de Ley se contempla que la oferta de FP podrá ser virtual en todos sus Grados. Pero para llevar a cabo todo esto habrá que tratar previamente la problemática de la modalidad de la FP a distancia, que está sin resolver en algunos aspectos como los siguientes:
o    Adecuar la carga lectiva de los módulos en modalidad presencial y virtual, reducción de ratio en la FP a distancia y desdobles en tutorías colectivas (manejo de maquinaria e instalaciones peligrosas, laboratorios, talleres,…) 
o    Formación adecuada y suficiente en el ámbito de las TIC al profesorado que se encargue de la FP a distancia, acreditación específica a este profesorado que debe conocer y tener competencias en la aplicación virtual. Mayor dedicación para la tutoría de FCT por la tipología de alumnado. 
o    Que se asegure la existencia de un coordinador de FP por cada ciclo formativo que se imparta en el centro, o en su defecto por cada familia profesional. 
-    Que se incluya expresamente, tanto en el artículo 117, como en la Disposición Adicional Segunda que serán interlocutores sociales principales para la participación en la gestión del sistema de formación profesional, los sindicatos más representativos del sector laboral y del ámbito educativo, además de incluirlos en el Consejo General de FP, en la adaptación del mismo al nuevo marco normativo.

Por último, en lo que respecta al profesorado, que es lo que más nos preocupa desde ANPE, vemos que el Ministerio plantea la modificación parcial de lo regulado recientemente en la LOMLOE sobre el profesorado técnico de FP, creando un nuevo cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional, para dar cabida a las especialidades para las que, a efectos de docencia, son válidas algunas titulaciones de Técnico superior y que la LOMLOE dejaba en tierra de nadie.

En este sentido, volvemos a insistir, como ya hicimos en la Mesa de negociación del pasado 29 de abril, que, para ANPE, lo primero que hay que hacer es establecer, de manera inmediata, la normativa necesaria para que se lleve a efecto la integración, en el cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria, de todo aquel profesorado, perteneciente al cuerpo de PTFP que estaba en posesión del título de Grado o equivalente a la entrada en vigor de la LOMLOE. Desde luego que el profesorado de FP que cumplía con los requisitos establecidos en la Disposición Adicional undécima de la LOMLOE no entendería que la tramitación de esta Ley de FP retrase aún más su integración en el cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria.

Por otro lado, desde ANPE volvemos a reiterar la necesidad de regular, a su vez, los procedimientos que posibiliten, a los funcionarios de carrera del cuerpo de PTFP que, no cumpliendo con dicho requisito a la fecha de entrada en vigor de la LOMLOE, y pertenezcan a alguna de las especialidades que este anteproyecto de Ley integra en el cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria, lo puedan cumplir más adelante y así poder ingresar en dicho cuerpo, si así lo desean.

Además, con la creación del nuevo cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares, y la división de las actuales especialidades del cuerpo de Profesores Técnicos de FP, entre el cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria y este nuevo cuerpo, el profesorado de las especialidades que, con este anteproyecto de Ley, se integran en el nuevo cuerpo docente pero que, a la entrada en vigor de la LOMLOE, estaban en posesión del título de Grado o equivalente, el Ministerio nos aclara que se podrán integrar según el Ministerio en el cuerpo de secundaria, en situación singular hasta su jubilación.
Respecto al nuevo cuerpo docente que aquí se crea, el Ministerio nos concreta, ya que no lo dice el anteproyecto, qué se integrará en el grupo funcionarial A2 aunque no especifica más detalles.

Para ANPE la solución a toda esta situación debería incardinarse, no con reformas parciales como la que aquí se plantea, sino a través del futuro Estatuto Docente en el cual, entre otras cuestiones, se deberán fijar los cuerpos docentes, con requisitos de ingreso similares, que posibiliten la inclusión de todos ellos en el grupo funcionarial A1.