En el plazo de dos días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del baremo provisional, los interesados podrán presentar las reclamaciones que estimen sobre la puntuación que se les haya asignado en esta fase de concurso. Deberán hacerlo en el centro en que el Tribunal tiene su sede y en el horario que este establezca.
Asimismo, durante este plazo los aspirantes podrán subsanar los defectos de la documentación no valorada por no haberse acreditado debidamente en la forma prevista en el baremo. No se puede presentar en el mismo plazo nueva documentación de méritos y los requisitos deben haberse obtenido antes del plazo de finalización de presentación de instancias de la convocatoria.