A la vista de la gran cantidad de consultas, visitas, llamadas y dudas planteadas en nuestras dos sedes sobre el inminente cobro de los sexenios, tutorías y PILE, queremos aclarar algunas cuestiones.
ANPE Canarias considera que, a fecha de hoy, cuando todavía está pendiente de publicarse la normativa que desarrolle el Acuerdo firmado y ya recogido en el artículo 42 de la Ley de Presupuestos de Canarias para 2018 (BOC del 30 de diciembre), todo el profesorado no universitario de Canarias debe tener claro lo siguiente:
1.- La Consejería reconocerá de forma automática y abonará en la nómina del mes de enero todos los sexenios correspondientes a los servicios prestados en los centros educativos públicos de Canarias, según los datos que constan en el expediente personal de los docentes, que cada uno de nosotros puede consultar telemáticamente a través de la página web de la Consejería.
2.- Los servicios prestados como docentes en otras Administraciones Educativas, aunque no se abonarán de manera inmediata, también se podrán cobrar con efectos de 1 de enero de 2018 cuando se acrediten debidamente según el procedimiento que se regule en la normativa que desarrolle el Plan de Reconocimiento Social y Profesional del profesorado.
3.- De igual forma, la Consejería tiene la intención de habilitar el procedimiento más sencillo y directo posible para proceder al abono del complemento retributivo correspondiente al desempeño de tutorías con alumnado, que también se hará efectivo en nuestras nóminas con efectos retroactivos del 1 de enero de 2018.
4.- El profesorado que, en ejecución del PILE, imparta docencia efectiva en áreas o materias no lingüísticas, o desarrolle las funciones de coordinación, deberá aguardar a que la Administración Educativa determine el procedimiento específico para certificar su desempeño, con la seguridad de que este complemento retributivo se abonará de igual forma con efectos de primeros de año.
En definitiva, insistimos en que carece de sentido emprender ninguna actuación administrativa, tanto en los centros de destino como en la propia Consejería, cuando todavía no ha entrado en vigor la pertinente regulación.