La Resolución de la Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios de 17 de marzo de 2026, por la que se establece el calendario escolar y se dictan instrucciones para la organización y desarrollo de las actividades de comienzo y finalización del curso 2025/2026, para los centros de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias, recoge las especificidades de la jornada lectiva y laboral durante el mes de junio en los centros de educación infantil, educación primaria y educación especial:
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Durante todo el mes de junio, las horas no lectivas y de periodicidad fija (exclusiva) serán de no obligada permanencia en el centro, excepto las correspondientes a una de las semanas, en la que tendrán como función principal la de atender a padres, madres o tutores legales, una vez evaluado el alumnado, de conformidad con el horario de atención a las familias establecido en la Orden de 9 de octubre de 2013 (artículo 14.2).
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Desde el 15 de junio hasta la finalización de las actividades lectivas (19 de junio) las clases se impartirán en régimen de jornada intensiva. Durante la jornada intensiva, el horario lectivo del alumnado se disminuirá en una hora diaria al final de la jornada, realizándose las correspondientes adaptaciones. Con respecto al horario del profesorado, la hora lectiva de disminución pasará a tener la consideración de no obligada permanencia en el centro.
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Entre la finalización de las actividades lectivas y el 30 de junio, el horario presencial del profesorado se verá disminuido, igualmente, en una hora, teniendo esta hora de disminución la consideración de no obligada permanencia en el centro, con dedicación especial a dejar finalizados todos los trámites y gestiones de final de curso, así como los referidos a la memoria final.