La justicia nos ha dado la razón en la defensa de los funcionarios en prácticas nombrados tras las oposiciones al Cuerpo de Maestros de 2015 después de que un grupo de docentes denunciara supuestas irregularidades en el desarrollo de las pruebas. Como sindicato con más representación en la escuela pública del Archipiélago hemos logrado una sentencia que avala que los tribunales calificadores aplicaron estándares de evaluación conocidos por todos los aspirantes y que el proceso selectivo se realizó con todas las garantías.
Los demandantes interpusieron un recurso contra la resolución de la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación por la que se aprobaron y publicaron las listas de aspirantes seleccionados en el Cuerpo de Maestros en las especialidades de Educación Infantil, Educación Física, Música y Pedagogía Terapéutica porque, entre otras cosas, entendían que se había exigido a los opositores "una correcta ortografía" cuando ello "no se preveía ni en las bases ni en sus notas aclaratorias".
Sin embargo, la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha precisado que este requisito, "además de ser una exigencia básica para quien pretende ser maestro", estaba presente en las bases, en concreto en las "Orientaciones para la elaboración y evaluación del ejercicio de carácter práctico" - incluidas en el anexo IV-, donde se hacía referencia a la "corrección ortográfica" como criterio que ha de ser tenido en cuenta por los tribunales calificadores al realizar la valoración de las pruebas.
Nuestro sindicato cifra en 84 los docentes a los que ha defendido en este caso y aplaude la decisión de la Justicia, que acaba con la incertidumbre de estos profesionales.
Además, los demandantes también motivaron su denuncia en otras supuestas irregularidades, como el "anormal" volumen de suspensos en las oposiciones, el supuesto incumplimiento de los criterios de paridad en varios tribunales o que no se respetara, a su juicio, el anonimato de los aspirantes. El tribunal, una vez estudiada toda la documentación presentada, ha desestimado todas sus pretensiones porque ha considerado que se trata de "afirmaciones y argumentos absolutamente genéricos y sin soporte probatorio alguno". “En realidad no se menciona, con la precisión mínima exigible, una irregularidad concreta que deba conllevar la nulidad radical de la actuación impugnada”, añade.
Nuestros servicios jurídicos han conseguido así demostrar el nulo fundamento de los demandantes y garantizar el empleo de todos estos profesionales que habían superado la fase de oposición y habían obtenido plaza de funcionarios en prácticas.