La mesa sectorial celebrada este martes entre la Administración educativa y los sindicatos representativos del ámbito docente no universitario se ha centrado en la negociación de la modificación de las instrucciones que regulan el periodo vacacional y el régimen de permisos y licencias del personal docente, en la que ya se había avanzado en la anterior reunión.
Desde ANPE, valoramos en líneas generales la actualización de la norma con la introducción de diversas mejoras y novedades, muchas de las cuales parten de reivindicaciones de nuestro sindicato. Entre estas, destacan:
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La unificación y ampliación de plazos para acreditar o justificar los permisos disfrutados.
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La toma de posesión de oficio del profesorado interino si su fecha de incorporación coincide con el disfrute del permiso de acumulación de lactancia (aunque lamentamos que no se extienda la medida al resto de permisos relacionados con el nacimiento de un hijo/a, como habíamos pedido).
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La reducción a 15 días naturales de la antelación necesaria para solicitar licencia por asuntos propios (ahora es de entre 3 meses y 1 mes).
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La posibilidad de fraccionamiento del permiso por nacimiento en el caso de familias monoparentales.
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La extensión al personal interino de la duración acumulada máxima de 11 meses en dos cursos escolares consecutivos de las licencias por asuntos propios sin retribución (era una demanda recurrente de ANPE y recientemente se recogió en el EBEP)
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La especificación de que el vencimiento de los plazos para resolver las solicitudes de permisos sin que se haya emitido resolución expresa dará lugar a la estimación por silencio administrativo.
Vemos también positivo que:
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si se pasa a situación de excedencia por cuidado de hijo menor de 3 años inmediatamente después del permiso por acumulación de lactancia, no haya que devolver las cantidades percibidas por este permiso, como planteaba inicialmente la Administración y como se ha establecido para el pase a otras situaciones (excedencia por interés particular, agrupación familiar o para atender al cuidado de familiares, o permiso sin retribución).
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el profesorado interino pueda solicitar las reducciones de jornada en junio, al igual que sus compañeros/as funcionarios/as, y no tenga que esperar a la adjudicación definitiva de destino.
El borrador de instrucciones recoge también los cambios normativos aprobados recientemente a escala estatal:
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Permiso por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario, con independencia del municipio:
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5 días hábiles en el caso del cónyuge, pareja de hecho, familiar de primer grado u otra persona que conviva con el solicitante y requiera de su cuidado
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4 días hábiles en el caso de familiares de segundo grado
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Permiso por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiar de primer grado:
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3 días hábiles si se produce en el municipio del centro del solicitante.
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5 días hábiles si es en otro municipio
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Permiso por fallecimiento de familiar de segundo grado:
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2 días hábiles si se produce en el municipio del centro del solicitante.
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4 días hábiles si es en otro municipio.
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Nuevo permiso parental, sin carácter retribuido, para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en el que el menor cumpla 8 años.
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Permiso de acumulación de lactancia. A partir de ahora se tendrá que disfrutar inmediatamente después de la finalización del permiso por nacimiento, adopción, guarda, acogimiento o del progenitor diferente de la madre biológica respectivo, algo a lo que nos hemos opuesto.
Respecto a este último permiso, hemos conseguido que se establezca la posibilidad excepcional de que se pueda disfrutar en un momento posterior, atendiendo a circunstancias acreditadas de necesidades de cuidado del menor y siempre antes de que este cumpla 12 meses.
Además, a petición de ANPE se va a estudiar que, contra la previsión inicial, el nuevo permiso parental se pueda conceder en el mes de septiembre, dado que coincide con el periodo de adaptación de los hijos e hijas que inician su escolarización.
También se va a analizar la posibilidad de que se pueda disfrutar de licencias por asuntos propios sin retribución a comienzos del curso en el caso de vacaciones no disfrutadas en agosto.
En el lado negativo, además de los aspectos ya mencionados, hay que reseñar lo siguiente:
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En el caso del permiso por nacimiento para el progenitor diferente a la madre biológica se establece la aportación de una declaración responsable en la que conste la opción sobre la modalidad de la lactancia de la madre biológica, algo innecesario y prematuro, al tratarse de otro permiso que, en su caso, se disfrutará más adelante.
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El permiso por reducción de jornada para atender a un familiar de primer grado que padece una enfermedad muy grave solo se podrá conceder una sola vez por curso para cada familiar, aunque se produzca una recaída u otra enfermedad.
Sexenios
En el turno de ruegos y preguntas volvimos a poner sobre la mesa los retrasos en el pago de sexenios. La Administración confirmó que se ha puesto a una persona más a tramitar este asunto e informó de que existen 191 solicitudes pendientes por falta de anexos o de determinados requisitos, 75 que no cumplen con la formación y algo más de 200 que no se han resuelto por haberse presentado recientemente.