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Aportación de requisitos

16. Presentación de documentación por las personas aspirantes propuestas como seleccionadas.

Las personas aspirantes que hayan resultado propuestas como seleccionadas, deberán presentar, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente a la propuesta efectuada por el Tribunal correspondiente, en formato PDF (un archivo por ocumento, que incluya todas las páginas del mismo), los documentos que se señalan a continuación, responsabilizándose expresamente de la veracidad de la documentación aportada. No se admitirá la presentación de estos documentos en formato papel.

 

  1. Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni de hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas

    Asimismo, quienes no posean la nacionalidad española deberán presentar una declaración responsable de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

  2. Declaración responsable de no estar incurso en ninguno de los motivos de incompatibilidad recogidos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
  3. Documento de identidad en vigor. Quienes no posean la nacionalidad española deberán presentar el documento oficial en vigor, acreditativo de su residencia en España.
  4. Certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales que acredite expresamente que no ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, siempre que no haya prestado consentimiento en la solicitud de participación en este procedimiento selectivo o que, habiéndolo prestado, de la comprobación efectuada por la Administración no resulte acreditado el cumplimiento del requisito correspondiente.
  5. Título exigido para ingreso en el cuerpo correspondiente, o bien del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para su expedición, o certificación académica en la que conste el abono de los derechos de titulación, que debe haberse obtenido con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Cuando la titulación se haya obtenido en el extranjero, deberá adjuntarse la correspondiente homologación o bien credencial de reconocimiento de la titulación alegada.
  6. Para la acreditación de la capacidad funcional para el ejercicio de las funciones y tareas docentes:

    Conforme a lo que prevé el Decreto 8/2011, de 27 de enero, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, aquellos participantes que aleguen discapacidad deberán acompañar a la solicitud o, en su caso, antes de que se produzca el nombramiento, además de documento de reconocimiento de la misma, informe expedido por el equipo interdisciplinar que se refiere la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias, que acredite la procedencia de adaptación y compatibilidad con el desempeño de las funciones, en orden a dar cumplimiento a la previsión contenida en el artículo 59.2 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

    Salvo caso de fuerza mayor, debido a circunstancias acreditadas imprevisibles e inevitables, apreciada por la Administración educativa, si los interesados no presentan la documentación dentro del plazo fijado o, si del examen de la misma se deduce que carecen de alguno de los requisitos, decaerán en todos sus derechos a ser nombrados funcionarios en prácticas, sin perjuicio de la responsabilidad en que puedan haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.