Para el desarrollo y valoración de la parte A de la prueba, los tribunales tendrán en consideración los siguientes criterios de calificación:
1.1.1. De detectarse que la unidad didáctica, situación de aprendizaje, programa de intervención o programa educativo personalizado no es original, es copia de otra o ha sido publicada o difundida anteriormente, será calificada con un cero.
La Unidad Didáctica de una especialidad de Lengua Extranjera se realizará en el idioma correspondiente. De no realizarse en dicho idioma correspondiente, será calificada con un cero.
1.2. Características de contenido que debe reunir la unidad didáctica o situación de aprendizaje.
Cada aspirante procederá a la preparación de la unidad didáctica o situación de aprendizaje presentada, para su posterior exposición.
En el caso de las especialidades de Lengua Extranjera, la exposición y defensa de la unidad didáctica o situación de aprendizaje se realizará en el idioma correspondiente.
La unidad didáctica o situación de aprendizaje debe ser original y, en ningún caso, podrá presentarse o defenderse una que haya sido publicada o difundida con anterioridad a la prueba.
La unidad didáctica o situación de aprendizaje deberá realizarse conforme a los currículos vigentes en la Comunidad Autónoma de Canarias.
La unidad didáctica o situación de aprendizaje contendrá:
Fundamentación metodológica: metodología (principios, estrategias, modelos de enseñanza, relación con otras áreas), descripción y secuencia de actividades (temporalización o número de sesiones, agrupamientos, recursos, espacios e instrumentos de evaluación).
Dentro de la secuencia de actividades, se incluirá la adaptación de las actividades previstas a un escenario telemático en caso de que tuviera que transitarse a un modelo de enseñanza y aprendizaje online o no presencial. Se explicitará, asimismo, la posible adaptación de los instrumentos de evaluación que se vayan a emplear.
1.5. Valoración de la unidad didáctica o situación de aprendizaje en todas las especialidades, a excepción de Audición y Lenguaje y Pedagogía Terapéutica.
Los tribunales valorarán la unidad didáctica o situación de aprendizaje, presentada por las personas aspirantes, teniendo en cuenta todos los criterios que a continuación se señalan:
1.1.1. De detectarse que la unidad didáctica, situación de aprendizaje, programa de intervención o programa educativo personalizado no es original, es copia de otra o ha sido publicada o difundida anteriormente, será calificada con un cero.
La Unidad Didáctica de una especialidad de Lengua Extranjera se realizará en el idioma correspondiente. De no realizarse en dicho idioma correspondiente, será calificada con un cero.
1.3. Características de contenido que deben reunir los programas de intervención en la comunicación y el lenguaje, en la especialidad de Audición y Lenguaje.
En la especialidad de Audición y Lenguaje, cada persona aspirante preparará y expondrá oralmente un programa de intervención en la comunicación y el lenguaje, que deberán concretar:
1.6. Valoración de los programas de intervención en la comunicación y el lenguaje, en la especialidad de Audición y Lenguaje.
Los tribunales valorarán el programa de intervención presentado por las personas aspirantes teniendo en cuenta todos los criterios que a continuación se señalan:
1.1.1. De detectarse que la unidad didáctica, situación de aprendizaje, programa de intervención o programa educativo personalizado no es original, es copia de otra o ha sido publicada o difundida anteriormente, será calificada con un cero.
La Unidad Didáctica de una especialidad de Lengua Extranjera se realizará en el idioma correspondiente. De no realizarse en dicho idioma correspondiente, será calificada con un cero.
1.4. Características de contenido que deben reunir los programas educativos personalizados, las unidades didácticas o situaciones de aprendizaje en la especialidad de Pedagogía Terapéutica.
Los programas educativos personalizados, deberán concretar su vinculación con la adaptación curricular o la adaptación curricular significativa, en su caso. Los programas educativos personalizados, en su caso, deben recoger todos los aspectos necesarios para su aplicación.
Además, deben ser originales. En ningún caso podrá defenderse una unidad didáctica o situación de aprendizaje, o un programa educativo personalizado, que haya sido publicado o difundido con anterioridad a la prueba.
La persona aspirante procederá a la preparación y exposición del programa educativo personalizado, que habrá de reunir las características que se establecen en el Anexo IV de la Orden de 13 de diciembre de 2010, por la que se regula la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en la Comunidad Autónoma de Canarias.
En el caso de la unidad didáctica o situación de aprendizaje:
1.7. Valoración del programa educativo personalizado, unidad didáctica o situación de aprendizaje en la especialidad de Pedagogía Terapéutica.
Los tribunales valorarán los programas educativos personalizados presentados por las personas aspirantes, teniendo en cuenta todos los criterios que a continuación se señalan:
1.1.1. De detectarse que la Unidad Didáctica, Unidad de Trabajo o Situación de Aprendizaje no es original, es copia de otra o ha sido publicada o difundida anteriormente, será calificada con un cero.
La Unidad Didáctica de una especialidad de Lengua Extranjera se realizará en el idioma correspondiente. De no realizarse en dicho idioma correspondiente, será calificada con un cero.
1.2. Características de contenido que debe reunir la unidad didáctica, situación de aprendizaje o unidad de trabajo.
Cada aspirante procederá a la preparación de la unidad didáctica o situación de aprendizaje presentada, para su posterior exposición.
En el caso de las especialidades de Lengua Extranjera, la exposición y defensa de la unidad didáctica o situación de aprendizaje se realizará en el idioma correspondiente.
La unidad didáctica, situación de aprendizaje o unidad de trabajo debe ser original y, en ningún caso, podrá defenderse una que haya sido publicada o difundida con anterioridad a la prueba.
La unidad didáctica, situación de aprendizaje o unidad de trabajo contendrá:
Fundamentación curricular:
En el caso de la ESO y el Bachillerato, y en función del nivel elegido, selección de las competencias específicas y de los criterios de evaluación de los que parte el diseño de la unidad didáctica o situación de aprendizaje; relación de las competencias clave con el resto de los elementos del currículo; y contenidos o saberes básicos.
En la Formación Profesional la unidad didáctica o unidad de trabajo deberá concretar, de acuerdo con el currículo vigente, la relación de las competencias profesionales, personales y sociales (o capacidades profesionales), los resultados de aprendizaje (o capacidades terminales), los criterios de evaluación, contenidos y los objetivos generales asociados al módulo profesional elegido.
En Artes Plásticas y Diseño y en Música y Artes Escénicas la unidad didáctica deberá concretar de acuerdo con el currículo vigente las competencias, los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación.
En las Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial la unidad didáctica deberá concretar, de acuerdo con el currículo vigente, los objetivos y criterios de evaluación para cada una de las cinco actividades de lengua y su correcta vinculación con las competencias y contenidos. La unidad didáctica irá referida a un curso y nivel, tomando como referencia la normativa que establece el currículo de estas enseñanzas.
Fundamentación metodológica: metodología (principios, estrategias, modelos de enseñanza, relación con otras materias o módulos…), descripción y secuencia de actividades (temporalización o número de sesiones, agrupamientos, recursos, espacios e instrumentos de evaluación).
Dentro de la secuencia de actividades, se incluirá la adaptación de las actividades previstas a un escenario telemático en caso de que tuviera que transitarse a un modelo de enseñanza y aprendizaje online o no presencial. Se explicitará, asimismo, la posible adaptación de los instrumentos de evaluación que se vayan a emplear.
1.3. Valoración de la unidad didáctica o situación de aprendizaje en las especialidades convocadas.
Los tribunales valorarán las unidades didácticas o situaciones de aprendizaje, presentadas por las personas aspirantes, teniendo en cuenta todos los criterios que a continuación se señalan:
1.1.1. De detectarse que la Unidad Didáctica, Unidad de Trabajo o Situación de Aprendizaje no es original, es copia de otra o ha sido publicada o difundida anteriormente, será calificada con un cero.
La Unidad Didáctica de una especialidad de Lengua Extranjera se realizará en el idioma correspondiente. De no realizarse en dicho idioma correspondiente, será calificada con un cero.
1.2. Características de contenido que debe reunir la unidad didáctica, situación de aprendizaje o unidad de trabajo.
Cada aspirante procederá a la preparación de la unidad didáctica o situación de aprendizaje presentada, para su posterior exposición.
En el caso de las especialidades de Lengua Extranjera, la exposición y defensa de la unidad didáctica o situación de aprendizaje se realizará en el idioma correspondiente.
La unidad didáctica, situación de aprendizaje o unidad de trabajo debe ser original y, en ningún caso, podrá defenderse una que haya sido publicada o difundida con anterioridad a la prueba.
La unidad didáctica, situación de aprendizaje o unidad de trabajo contendrá:
Fundamentación curricular:
En el caso de la ESO y el Bachillerato, y en función del nivel elegido, selección de las competencias específicas y de los criterios de evaluación de los que parte el diseño de la unidad didáctica o situación de aprendizaje; relación de las competencias clave con el resto de los elementos del currículo; y contenidos o saberes básicos.
En la Formación Profesional la unidad didáctica o unidad de trabajo deberá concretar, de acuerdo con el currículo vigente, la relación de las competencias profesionales, personales y sociales (o capacidades profesionales), los resultados de aprendizaje (o capacidades terminales), los criterios de evaluación, contenidos y los objetivos generales asociados al módulo profesional elegido.
En Artes Plásticas y Diseño y en Música y Artes Escénicas la unidad didáctica deberá concretar de acuerdo con el currículo vigente las competencias, los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación.
En las Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial la unidad didáctica deberá concretar, de acuerdo con el currículo vigente, los objetivos y criterios de evaluación para cada una de las cinco actividades de lengua y su correcta vinculación con las competencias y contenidos. La unidad didáctica irá referida a un curso y nivel, tomando como referencia la normativa que establece el currículo de estas enseñanzas.
Fundamentación metodológica: metodología (principios, estrategias, modelos de enseñanza, relación con otras materias o módulos…), descripción y secuencia de actividades (temporalización o número de sesiones, agrupamientos, recursos, espacios e instrumentos de evaluación).
Dentro de la secuencia de actividades, se incluirá la adaptación de las actividades previstas a un escenario telemático en caso de que tuviera que transitarse a un modelo de enseñanza y aprendizaje online o no presencial. Se explicitará, asimismo, la posible adaptación de los instrumentos de evaluación que se vayan a emplear.
1.4. Valoración de la unidad didáctica o unidad de trabajo en las especialidades de Procesos de Producción Agraria, Sistemas Electrotécnicos y Automáticos, Hostelería y Turismo, Informática, Procesos y Productos en Madera y Mueble, Organización y Gestión Comercial, Asesoría y Procesos de Imagen Personal, Organización y Proyectos de Sistemas Energéticos, Intervención Sociocomunitaria, Procesos de Diagnósticos Clínicos y Productos Ortoprotésicos, Instalaciones Electrotécnicas, Técnicas y Procedimientos de Imagen y Sonido, Procesos Comerciales, Laboratorio, Producción de Artes Gráficas, Mantenimiento de Vehículos, Fabricación e Instalaciones de Carpintería y Mueble, Soldadura, Peluquería, Estética, Cocina y Pastelería.
Los tribunales valorarán la unidad didáctica o unidad de trabajo presentada por la persona aspirante teniendo en cuenta todos los criterios que a continuación se señalan:
Fundamentación curricular.
Correcta concreción de las competencias profesionales, personales y sociales (o capacidades profesionales), los resultados de aprendizaje (o capacidades terminales), los criterios de evaluación, contenidos y los objetivos generales asociados al módulo profesional elegido.
Competencia comunicativa.
Calidad expositiva: orden, claridad, coherencia, cohesión sintáctica y semántica, precisión terminológica, riqueza léxica, fluidez y distribución apropiada del tiempo de exposición, entre otros aspectos
1.1.1. De detectarse que la Unidad Didáctica, Unidad de Trabajo o Situación de Aprendizaje no es original, es copia de otra o ha sido publicada o difundida anteriormente, será calificada con un cero.
La Unidad Didáctica de una especialidad de Lengua Extranjera se realizará en el idioma correspondiente. De no realizarse en dicho idioma correspondiente, será calificada con un cero.
1.2. Características de contenido que debe reunir la unidad didáctica, situación de aprendizaje o unidad de trabajo.
Cada aspirante procederá a la preparación de la unidad didáctica o situación de aprendizaje presentada, para su posterior exposición.
En el caso de las especialidades de Lengua Extranjera, la exposición y defensa de la unidad didáctica o situación de aprendizaje se realizará en el idioma correspondiente.
La unidad didáctica, situación de aprendizaje o unidad de trabajo debe ser original y, en ningún caso, podrá defenderse una que haya sido publicada o difundida con anterioridad a la prueba.
La unidad didáctica, situación de aprendizaje o unidad de trabajo contendrá:
Fundamentación curricular:
En el caso de la ESO y el Bachillerato, y en función del nivel elegido, selección de las competencias específicas y de los criterios de evaluación de los que parte el diseño de la unidad didáctica o situación de aprendizaje; relación de las competencias clave con el resto de los elementos del currículo; y contenidos o saberes básicos.
En la Formación Profesional la unidad didáctica o unidad de trabajo deberá concretar, de acuerdo con el currículo vigente, la relación de las competencias profesionales, personales y sociales (o capacidades profesionales), los resultados de aprendizaje (o capacidades terminales), los criterios de evaluación, contenidos y los objetivos generales asociados al módulo profesional elegido.
En Artes Plásticas y Diseño y en Música y Artes Escénicas la unidad didáctica deberá concretar de acuerdo con el currículo vigente las competencias, los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación.
En las Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial la unidad didáctica deberá concretar, de acuerdo con el currículo vigente, los objetivos y criterios de evaluación para cada una de las cinco actividades de lengua y su correcta vinculación con las competencias y contenidos. La unidad didáctica irá referida a un curso y nivel, tomando como referencia la normativa que establece el currículo de estas enseñanzas.
Fundamentación metodológica: metodología (principios, estrategias, modelos de enseñanza, relación con otras materias o módulos…), descripción y secuencia de actividades (temporalización o número de sesiones, agrupamientos, recursos, espacios e instrumentos de evaluación).
Dentro de la secuencia de actividades, se incluirá la adaptación de las actividades previstas a un escenario telemático en caso de que tuviera que transitarse a un modelo de enseñanza y aprendizaje online o no presencial. Se explicitará, asimismo, la posible adaptación de los instrumentos de evaluación que se vayan a emplear.
1.5. Valoración de la unidad didáctica en las especialidades de alemán, inglés e italiano de Escuelas Oficiales de Idiomas.
Los tribunales valorarán las unidades didácticas presentadas por las personas aspirantes teniendo en cuenta todos los criterios que a continuación se señalan:
1.1.1. De detectarse que la Unidad Didáctica, Unidad de Trabajo o Situación de Aprendizaje no es original, es copia de otra o ha sido publicada o difundida anteriormente, será calificada con un cero.
La Unidad Didáctica de una especialidad de Lengua Extranjera se realizará en el idioma correspondiente. De no realizarse en dicho idioma correspondiente, será calificada con un cero.
1.2. Características de contenido que debe reunir la unidad didáctica, situación de aprendizaje o unidad de trabajo.
Cada aspirante procederá a la preparación de la unidad didáctica o situación de aprendizaje presentada, para su posterior exposición.
En el caso de las especialidades de Lengua Extranjera, la exposición y defensa de la unidad didáctica o situación de aprendizaje se realizará en el idioma correspondiente.
La unidad didáctica, situación de aprendizaje o unidad de trabajo debe ser original y, en ningún caso, podrá defenderse una que haya sido publicada o difundida con anterioridad a la prueba.
La unidad didáctica, situación de aprendizaje o unidad de trabajo contendrá:
Fundamentación curricular:
En el caso de la ESO y el Bachillerato, y en función del nivel elegido, selección de las competencias específicas y de los criterios de evaluación de los que parte el diseño de la unidad didáctica o situación de aprendizaje; relación de las competencias clave con el resto de los elementos del currículo; y contenidos o saberes básicos.
En la Formación Profesional la unidad didáctica o unidad de trabajo deberá concretar, de acuerdo con el currículo vigente, la relación de las competencias profesionales, personales y sociales (o capacidades profesionales), los resultados de aprendizaje (o capacidades terminales), los criterios de evaluación, contenidos y los objetivos generales asociados al módulo profesional elegido.
En Artes Plásticas y Diseño y en Música y Artes Escénicas la unidad didáctica deberá concretar de acuerdo con el currículo vigente las competencias, los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación.
En las Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial la unidad didáctica deberá concretar, de acuerdo con el currículo vigente, los objetivos y criterios de evaluación para cada una de las cinco actividades de lengua y su correcta vinculación con las competencias y contenidos. La unidad didáctica irá referida a un curso y nivel, tomando como referencia la normativa que establece el currículo de estas enseñanzas.
Fundamentación metodológica: metodología (principios, estrategias, modelos de enseñanza, relación con otras materias o módulos…), descripción y secuencia de actividades (temporalización o número de sesiones, agrupamientos, recursos, espacios e instrumentos de evaluación).
Dentro de la secuencia de actividades, se incluirá la adaptación de las actividades previstas a un escenario telemático en caso de que tuviera que transitarse a un modelo de enseñanza y aprendizaje online o no presencial. Se explicitará, asimismo, la posible adaptación de los instrumentos de evaluación que se vayan a emplear.
1.6. Valoración de la unidad didáctica en Artes Plásticas y Diseño y Música y Artes Escénicas.
Los tribunales valorarán la unidad didáctica presentada por la persona aspirante teniendo en cuenta todos los criterios que a continuación se señalan:
Fundamentación curricular.
Correcta concreción de las competencias, objetivos, contenidos y criterios de evaluación.
Competencia comunicativa.
Calidad expositiva: orden, claridad, coherencia, cohesión sintáctica y semántica, precisión terminológica, riqueza léxica, fluidez y distribución apropiada del tiempo de exposición, entre otros aspectos.