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¿Eres interino o interina? Esto te interesa


14 Jun, 2023

Los docentes interinos deben tener en cuenta una serie de situaciones a las que deben hacer frente próximamente. Si llevan a cabo determinadas acciones pueden mejorar su situación laboral de cara al curso que viene.

1.- Ámbito y tipo de jornada. ¿Cuándo debo cambiarlo y qué consecuencias tiene?

Los nombramientos que se lleven a cabo a partir del 1 de septiembre de 2023 se harán en base al ámbito y tipo de jornada que los integrantes de las listas tengan en su anexo de ámbito y disponibilidad.

El ámbito y el tipo de jornada podrán ser modificadas hasta el 30 de junio. Desde ese día y hasta el 21 de septiembre la Administración NO permitirá realizar ninguna modificación de ámbito y tipo de jornada. 

Por este motivo, te recomendamos que revises tus preferencias para los nombramientos que se realicen a partir del 1 de septiembre (ámbito, disponibilidad y tipo de jornada) antes de que finalice el mes de junio. Puedes hacerlo en este enlace.

Hay que recordar que aquellos compañeros y compañeras que no obtengan en verano una vacante, es decir, un nombramiento hasta 31 de agosto, tienen la opción de conseguirlo hasta el 22 de septiembre. 

Eso se debe a que entre el 1 y el 21 de septiembre todavía pueden llevarse a cabo nombramientos de vacantes que hayan surgido con posterioridad a la adjudicación de destinos de verano (jubilaciones, por ejemplo). Por ello, hasta esa fecha se continuarán adjudicando aquellas plazas vacantes no previstas con anterioridad, además de llevarse a cabo nombramientos más cortos.

 

2.- Quiero solicitar una reducción de jornada, ¿puedo hacerlo?

Sí, pero los funcionarios interinos que quieran solicitar una reducción de jornada tendrán que esperar a ser nombrados en la resolución definitiva de la adjudicación de destinos para el curso 2023-2024 y, una vez nombrados, dispondrán de 5 días hábiles para realizar el registro de la solicitud de la reducción de jornada.

Te recordamos que la reducción de jornada solo puede solicitarse para el cuidado de un familiar o persona que se encuentre a tu cargo.

Esta reducción de jornada conlleva una reducción proporcional de las retribuciones percibidas.

3.- ¿Qué ocurre si soy nombrada en dos cuerpos distintos?

Una vez publicado el resultado definitivo de la ultima adjudicación por la que hayas participado podrás renunciar a una de ellas en un plazo de al menos tres días naturales. 

Si no renuncias, se te asignará de oficio el último destino publicado.

4.- Retención en listas a docentes en situación de IT. ¿No puedo participar en la adjudicación si he estado de baja este curso?

En los últimos días hemos detectado que la Administración está notificando a algunos docentes que se encuentran en situación de IT que se les ha iniciado un procedimiento de retención en listas. Insistiremos para que la Inspección Médica modifique esta manera de proceder, ya que nos parece injusta.

  • Las personas que han recibido esa notificación tienen un plazo de 10 días para argumentar ante Inspección Médica el motivo de la incapacidad temporal que padecen.
  • Así, la Inspección Médica valorará si la persona es apta o no apta para trabajar. Las personas que sean consideradas por la inspección médica como no aptas, no van a poder participar en la próxima adjudicación de destinos. En cambio, las personas que puedan acreditar mediante justificación que sí son aptas, sí podrán participar en la adjudicación.
  • Las personas declaradas no aptas serán excluidas de la próxima adjudicación, pero en cuanto comuniquen su disponibilidad por mejoría para trabajar, participarán con normalidad en los nombramientos que se produzcan a partir del 1 de septiembre.